El BOE ha publicado un Decreto Ley que marca las normas de convivencia de la nueva normalidad, que entrarán en vigor a partir del 21 de junio, una vez finalizado el estado de alarma
Las principales medidas de higiene adoptadas se mantienen desde hoy mismo en todo el territorio nacional, independientemente de la fase de desescalada en la que nos encontremos.
Por tanto, el uso de mascarillas sigue siendo obligatorio para los mayores de seis años en los transportes, vía pública y espacios cerrados, siempre que no se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros. También en los vehículos personales cuando viajen personas que no convivan juntas.
La no utilización de mascarilla en las situaciones de obligatoriedad podrá sancionarse con multas de hasta 100 euros.
Las excepciones a su utilización incluyen una novedad: su uso no será obligatorio cuando se practique deporte individual al aire libre. El resto son: menores de seis años, personas con enfermedades o dificultades respiratorias o cualquier otra enfermedad o alteración de conducta o dependencia que dificulte su uso y actividades con las que no sea compatible, como comer o beber, así como fuerza mayor y situación de necesidad
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