Las aves de corral para autoconsumo tienen que ser registrarlas
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Todos aquellos propietarios de aves de corral para autoconsumo tienen la obligación de registrarlas

Todos aquellos propietarios de aves de corral para autoconsumo tienen la obligación de registrarlas (1)

Todos aquellos propietarios de aves de corral para autoconsumo tienen la obligación de registrarlas. En el Ayuntamiento de Moralzarzal te facilitamos el trámite. Es imprescindible cita previa.

La concejalía de Medio rural del Ayuntamiento de Moralzarzal informa sobre el Real Decreto 637/2021, de 27 de julio, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas, establece que las explotaciones de autoconsumo (familiares o de traspatio) estarán obligadas a efectuar una comunicación previa para que se incluyan en el Registro general de explotaciones ganaderas (REGA).

Todos aquellos propietarios de aves de corral para autoconsumo tienen la OBLIGACIÓN DE REGISTRARLAS. Por ello, desde el Ayuntamiento de Moralzarzal se pone a disposición un Impreso de Declaración de Censo de Aves de Corral para su cumplimentación y posterior remisión a la Comunidad de Madrid. Es imprescindible pedir cita previa.

El impreso de “DECLARACIÓN DE CENSO DE AVES DE CORRAL” puede recogerse en el Ayuntamiento de Moralzarzal o haciendo clic AQUÍ.

El artículo 21 del Real Decreto que nos ocupa recoge el régimen sancionador para aquellas personas que incumplan lo establecido en las normas. Aunque en este apartado no se mencionan cifras, se alude a varias leyes que serán de aplicación en caso del incumplimiento de lo dispuesto en este decreto. En el caso de pasar por alto el registro de las aves como las gallinas de autoconsumo, se estaría realizando una infracción leve, por lo que la multa o sanción podría ir desde los 600 a los 3.000 euros.


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